El Supremo condena al fiscal general a dos años de inhabilitación
- Javier Morales Vargas

- 20 nov 2025
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El Tribunal Supremo ha dictado condena contra el fiscal general del Estado por revelación de secreto, Álvaro García Ortiz, imponiéndole dos años de inhabilitación para el desempeño de su cargo, una multa de 7.200 euros y la obligación de indemnizar con 10.000 euros al empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, procesado por fraude fiscal. La resolución se adoptó por mayoría de cinco de los siete magistrados que integraron el tribunal, mientras que las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo han anunciado que emitirán votos particulares.
Inicialmente, Polo había sido la ponente de la sentencia y proponía la absolución, por lo que la redacción final de la resolución de condena recaerá ahora en el presidente de la Sala Penal, Andrés Martínez Arrieta. Aunque el Supremo adelantó este jueves el fallo, la sentencia completa aún no ha sido redactada.
La rapidez con la que se ha resuelto este caso es poco habitual en la práctica del alto tribunal, así como lo es adelantar la publicación de un fallo antes de disponer de la resolución definitiva. La causa, que marca un precedente histórico al ser la primera abierta contra un fiscal general del Estado, se centra en la presunta filtración de un correo electrónico enviado a la Fiscalía por el abogado de González Amador. Dicho correo, difundido el 13 de marzo de 2024 tras una publicación de El Mundo, contenía la propuesta de pacto del empresario con la Fiscalía y la admisión de dos delitos fiscales. La información difundida por el diario correspondía a una versión distorsionada de los hechos, promovida por el entorno de la presidenta madrileña, según la cual era la Fiscalía quien ofrecía el acuerdo, y no al revés. Por el momento, no se conocen los argumentos completos que sustentan la condena, ya que no existen pruebas directas de la filtración atribuida a García Ortiz, únicamente indicios.
El fallo adelantado por el Supremo establece que García Ortiz es condenado por un delito de revelación de datos reservados, según el artículo 417.1 del Código Penal, a la pena de multa de doce meses con una cuota diaria de 20 euros, inhabilitación especial para el cargo de Fiscal General del Estado por dos años y al pago de las costas procesales, incluyendo las de la acusación particular. Además, se le obliga a indemnizar a González Amador con 10.000 euros por daños morales. El tribunal absolvió al fiscal de otros delitos imputados por algunas acusaciones populares, como prevaricación e infidelidad en la custodia de documentos.
Los votos particulares de Ferrer y Polo se incorporarán a la sentencia definitiva. Estas dos magistradas representan la corriente progresista dentro del tribunal, mientras que los cinco magistrados que acordaron la condena fueron el presidente de la Sala Penal, Andrés Martínez Arrieta; su antecesor Manuel Marchena; y los magistrados Antonio del Moral, Juan Ramón Berdugo y Carmen Lamena. La decisión de la mayoría refleja una interpretación estricta del delito de revelación de secretos, que castiga a funcionarios públicos que divulgan información obtenida por su cargo y que no debe hacerse pública. La pena impuesta se sitúa en la mitad de la horquilla prevista para el tipo básico, por debajo de las solicitudes de las acusaciones populares, que pedían entre cuatro y seis años de prisión y hasta doce de inhabilitación.
Durante el juicio, celebrado entre el 3 y el 13 de noviembre, comparecieron 40 testigos, entre ellos Alberto González Amador; el jefe de gabinete de la presidenta madrileña, Miguel Ángel Rodríguez; el exsecretario de Estado de Comunicación Francesc Vallés; la ex alto cargo de Moncloa Pilar Sánchez Acera; el exlíder del PSOE de Madrid Juan Lobato; y doce periodistas, incluidos tres de EL PAÍS. Varios testigos confirmaron que González Amador ya había reconocido sus delitos antes de que García Ortiz recibiera el correo que centra la causa, aportando incluso mensajes de WhatsApp como evidencia. Tres de los testigos indicaron haber tenido acceso al correo, pero negaron que hubiera sido filtrado por el fiscal general, acogiéndose todos al secreto profesional para no revelar sus fuentes.
Entre los periodistas que declararon figura Miguel Ángel Campos, de la Cadena SER, quien explicó que conoció el contenido del correo el 13 de marzo al mediodía pero solo pudo publicarlo tras la difusión previa de la versión tergiversada por El Mundo. Las acusaciones cuestionaron la veracidad de estos testimonios, argumentando que el secreto profesional podría haber servido para proteger intereses personales o económicos relacionados con la fuente, es decir, la Fiscalía.
García Ortiz, desde el inicio del procedimiento, ha defendido su inocencia y ha negado haber realizado la filtración. Durante su declaración ante el tribunal, reiteró que ni él ni su entorno habían divulgado el correo y subrayó que “la verdad no se filtra, la verdad se defiende”. El fiscal general se había negado a dimitir durante todo el proceso, pero la condena del Supremo le obligará a abandonar su cargo cuando se notifique oficialmente la sentencia. La decisión, además de marcar un precedente institucional, evidencia la complejidad de los equilibrios de poder entre el Ministerio Público y el entorno político, así como la sensibilidad de la información que circula entre ambos.
El caso ha generado un debate significativo sobre la transparencia y la responsabilidad de altos cargos públicos en España. Por su naturaleza inédita y la rapidez con la que el tribunal adelantó el fallo, el proceso ha sido objeto de un seguimiento extraordinario por parte de los medios y de la opinión pública, reflejando la tensión existente entre la confidencialidad necesaria en la actividad judicial y la presión mediática derivada de casos de alto perfil.







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