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Europa castiga a los migrantes y deja intactas a las mafias



La ruta atlántica hacia Europa se ha consolidado en los últimos años como uno de los corredores migratorios más mortíferos y, al mismo tiempo, más judicializados del continente. Sin embargo, la judicialización no está enfocada prioritariamente en las estructuras criminales que organizan el tráfico de personas, sino en individuos que ocupan el último eslabón de la cadena: jóvenes migrantes que, en muchos casos, asumen tareas mínimas a bordo de una embarcación precaria y terminan procesados como responsables de un delito grave. El fenómeno plantea una paradoja legal, política y moral que cuestiona la coherencia del marco europeo de control migratorio y la capacidad del sistema penal para discriminar entre criminalidad organizada y supervivencia forzada.


En las cárceles de Canarias, Andalucía o la Comunidad Valenciana se repite un patrón: jóvenes procedentes del África occidental que llegan a Europa tras travesías de alto riesgo y, en cuestión de horas o días, son detenidos bajo la acusación de favorecer la inmigración irregular. La imputación suele apoyarse en testimonios de otros pasajeros, en indicios mínimos o en inferencias policiales basadas en el comportamiento durante el trayecto. La figura del “patrón” ha mutado: si hace una década predominaban individuos vinculados a redes criminales estructuradas, hoy se observa un número creciente de migrantes que asumen el timón a cambio de un descuento en el viaje, un asiento garantizado o, simplemente, por presión del grupo.


Este cambio de perfil responde a una adaptación estratégica de las mafias. Las organizaciones han reducido su exposición directa y han trasladado el riesgo penal a los propios migrantes. En un contexto de precariedad extrema, aceptar tareas de control o navegación se convierte en una decisión racional desde la lógica de la supervivencia. El resultado es un sistema en el que los verdaderos organizadores permanecen fuera del alcance judicial mientras las estadísticas de condenas se engrosan con individuos sin capacidad real de organización ni beneficio económico demostrable.


El Código Penal español tipifica el favorecimiento de la inmigración irregular como un delito grave, con penas que pueden oscilar entre cuatro y ocho años de prisión, ampliables si concurren circunstancias agravantes como riesgo para la vida, violencia o fallecimientos durante la travesía. En teoría, el marco normativo distingue entre lucro, pertenencia a organización criminal y participación marginal. En la práctica, la frontera entre estas categorías es difusa y la instrucción judicial tiende a centrarse en hechos materiales observables —manejar el timón, repartir comida, imponer orden— sin una investigación sistemática del flujo económico o del vínculo con redes criminales.


Los datos disponibles sugieren una disfunción estructural en la estrategia penal. Estudios de abogados y organizaciones civiles han documentado centenares de sentencias en las que las pruebas se basan casi exclusivamente en testimonios de otros migrantes en situación de estrés extremo. La Fiscalía reconoce que no existen investigaciones patrimoniales en muchos de estos casos, ni decomisos de bienes, ni análisis financieros que permitan identificar a los beneficiarios finales del tráfico. La ausencia de estas herramientas contrasta con los estándares de persecución del crimen organizado en otros ámbitos, como el narcotráfico o el blanqueo de capitales.


La dimensión probatoria es uno de los puntos críticos del sistema. En numerosas ocasiones no se recogen huellas en los elementos de navegación, no se utilizan medios tecnológicos avanzados para identificar roles a bordo, ni se establecen protocolos homogéneos para la identificación de líderes del grupo. El uso de redes sociales o fuentes abiertas como elementos de corroboración es fragmentario y carece de un marco metodológico sólido. Esta debilidad genera un riesgo estructural de error judicial y abre la puerta a condenas basadas en inferencias contextuales más que en pruebas robustas.


Desde la perspectiva del derecho internacional, el Protocolo de Palermo establece la necesidad de distinguir entre tráfico de personas con ánimo de lucro y asistencia por razones humanitarias o familiares. Aunque España ha ratificado el protocolo, su trasposición efectiva en la práctica judicial es limitada. La normativa europea de facilitación de la migración, en proceso de revisión, busca introducir salvaguardas adicionales, pero el bloqueo político ha ralentizado la reforma. El debate se inscribe en una tensión más amplia entre políticas de disuasión y obligaciones de protección internacional.


La política migratoria europea ha priorizado la externalización de fronteras y la lógica de disuasión, con un enfoque securitario que desplaza el problema hacia terceros países y penaliza la llegada irregular. En este contexto, el mensaje simbólico de las condenas es un instrumento político: la pena no solo cumple una función retributiva, sino también comunicativa. Sin embargo, esta estrategia tiene efectos colaterales: criminaliza la migración en su fase más vulnerable y reduce la cooperación potencial de los propios migrantes con las autoridades para desmantelar redes criminales.


En el ámbito judicial, algunos fallos recientes han introducido matices relevantes. La absolución de varios acusados por insuficiencia probatoria ha abierto un debate sobre los estándares de prueba en este tipo de delitos. La jurisprudencia emergente sugiere que la mera declaración de un testigo no puede constituir una base suficiente para una condena en ausencia de otros indicios. Esta evolución podría marcar un punto de inflexión si se consolida, pero por ahora se trata de excepciones en un panorama dominado por condenas.


La dimensión humana del fenómeno es central y, a menudo, invisible en el debate político. Muchos de los acusados desconocen el idioma, el sistema legal y las razones exactas de su detención. La falta de intérpretes especializados, la precariedad material y la ausencia de redes familiares agravan su situación. La prisión preventiva, que en algunos casos se prolonga durante meses o años, interrumpe cualquier proceso de integración y dificulta posteriormente la regularización administrativa. El encarcelamiento se convierte así en un factor de exclusión estructural.


Las organizaciones civiles y religiosas han construido redes de apoyo informal que suplen carencias del sistema institucional. Proporcionan asistencia jurídica, apoyo psicológico, recursos materiales básicos y acompañamiento en procesos administrativos. Estas redes operan en un entorno de alta presión política y mediática, y denuncian una deriva del sistema hacia la criminalización sistemática de la pobreza migrante. Desde su perspectiva, el modelo actual no reduce la migración, sino que incrementa el riesgo de las rutas y fortalece a las mafias.


El argumento de que las condenas actúan como factor disuasorio carece de evidencia empírica robusta. Las causas estructurales de la migración —conflictos, colapso económico, violencia política, cambio climático— superan cualquier cálculo de riesgo penal individual. Además, la fragmentación del mercado de tráfico de personas implica que la eliminación de un eslabón marginal no altera la estructura del negocio. La lógica económica de las redes criminales permite sustituir rápidamente a individuos capturados, mientras que la demanda de migración permanece constante o en aumento.


Desde una perspectiva de política pública, el enfoque actual presenta problemas de eficiencia, equidad y legitimidad. La eficiencia es cuestionable porque no ataca los nodos centrales del sistema criminal. La equidad es problemática porque concentra la sanción en individuos sin capacidad real de decisión estratégica. La legitimidad se erosiona cuando el sistema penal se percibe como instrumento de propaganda disuasoria más que como mecanismo de justicia proporcional.


La Unión Europea enfrenta un dilema estratégico: mantener un marco punitivo orientado al control simbólico o avanzar hacia un modelo basado en la diferenciación entre criminalidad organizada y migración forzada. La reforma de la directiva de facilitación de la migración es una oportunidad, pero su bloqueo político refleja una falta de consenso estructural entre Estados miembros. Mientras tanto, la práctica judicial continúa produciendo una generación de jóvenes con antecedentes penales, trayectorias vitales interrumpidas y escasas perspectivas de integración.


En términos geopolíticos, la ruta canaria se ha convertido en un laboratorio de políticas migratorias europeas, con implicaciones que van más allá de España. La externalización del control a países de origen y tránsito, la cooperación policial internacional y los acuerdos con gobiernos africanos forman parte de una arquitectura que prioriza la contención. Sin embargo, sin vías legales de migración laboral y sin políticas de integración estructurales, la presión migratoria seguirá canalizándose a través de rutas irregulares.


La cuestión central no es únicamente jurídica, sino política y moral. El sistema actual produce una paradoja: individuos que huyen de contextos de violencia estructural son criminalizados por su propia estrategia de supervivencia, mientras las estructuras que lucran con ese desplazamiento permanecen relativamente intactas. La narrativa oficial de lucha contra las mafias se sostiene sobre una práctica que penaliza principalmente a los migrantes.

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